Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aplicación de retención en la fuente en la venta de un activo fijo


Actualizado: 10 abril, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Los ingresos que percibe una persona natural por la venta de un activo fijo se les debe aplicar la retención en la fuente? ¿A qué tarifa?

Resuelta 1 de marzo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que, quienes son catalogados como agentes de retención según la legislación tributaria, deben efectuar las respectivas retenciones en el momento que se genere el pago de la prestación de un servicio o la compra de un bien, según la tarifa y base que corresponda.

Ahora bien, cuando una persona natural realiza una venta de, por ejemplo, un vehículo o sus bienes raíces, los cuales se encontraban como clasificados como activos fijos, se deberá aplicar la retención en la fuente con una tarifa del 1%, de conformidad con lo que establece el artículo 398 del Estatuto Tributario.

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