Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aplicación del artículo 63 de la Ley 1537 de 2012


Actualizado: 12 septiembre, 2017 (hace 7 años)

Si una persona natural vende su finca de manera voluntaria a una entidad del Gobierno para una persona desplazada, ¿se puede aplicar el artículo 63 la Ley 1537?

Resuelta 01  de septiembre de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que el artículo 63 de la Ley 1537 de junio 20 de 2012 agregó un parágrafo 3 al artículo 61 de la Ley 388 de julio 18 de 1997.

En las normas citadas se establece que las ventas voluntarias de bienes raíces al Estado necesarias para las obras de interés social formarán un ingreso no gravado si estas se destinan para los propósitos consagrados en el artículo 10 y 11 de la Ley 09 de enero 11 de 1989.

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