Para aplicación de los nuevos Estándares Internacionales las empresas fueron divididas en tres grupos. En esta ocasión trataremos aspectos relacionados con las del grupo 1. A continuación, abordadas por nuestro equipo experto en la materia, se presentan 7 respuestas clave en relación al tema.
Para aplicación de los nuevos Estándares Internacionales las empresas fueron divididas en tres grupos. En esta ocasión trataremos aspectos relacionados con las del grupo 1. A continuación, abordadas por nuestro equipo experto en la materia, se presentan 7 respuestas clave en relación al tema.
Aplicación de normas para el grupo 1 por entidad que realiza importaciones
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que las empresas que deben cumplir con las normas del grupo 1 son aquellas que cumplen las condiciones establecidas en el artículo 1.1.1.1 del Decreto 2420 de 2015.
Dentro de esta norma se establece que las entidades que aplicarán las normas plenas serán los emisores de valores, entidades de interés público y las empresas que tengan más de 200 trabajadores, o más de 30 salarios mínimos mensuales en activos, entre otros requisitos.
Medición inicial de inversiones en acciones por entidad del grupo 1
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, menciona que para dar respuesta al interrogante se debe analizar qué tipo de inversión y qué porcentaje de participación se va a tener en la entidad en la cual se está realizando la inversión, pues, si se tiene menos del 20 %, puede presumirse que se trata de un instrumento financiero que será medido al valor razonable si cotiza en bolsa; en caso contrario (es decir, si tiene más del 20 %), será medido al costo según lo que establece la sección 11 de la norma para Pymes.
En ese sentido, si la inversión se mide al costo se le deben adicionar los costos de transacción.
Aplicación de la norma para entidades del grupo 1 de manera voluntaria por entidades del grupo 2
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar el parágrafo 3, artículo 3 del Decreto 2784 de 2012, norma que establece que la entidades que no pertenecen al grupo 1 pueden aplicar estos estándares de forma voluntaria, pero deben mantenerse en ese grupo por lo menos por un período de tres años; pasado ese tiempo podrán cambiarse al grupo que se ajuste a las características de la entidad.
Cálculo del impuesto diferido por entidad del grupo 1 que genera pérdidas
El Dr. Juan David Maya aclara que la NIC 12 establece que cuando una entidad tiene pérdidas fiscales estas generan impuesto diferido activo. Sin embargo, es importante mencionar que el impuesto diferido activo podrá ser reconocido por la entidad siempre y cuando esta tenga expectativa válida y razonable de que en un futuro va obtener ingresos que le generen impuestos que se puedan disminuir con las pérdidas actuales. Ahora bien, si la situación de la entidad es contraria, en tal caso no podrá reconocer el impuesto diferido por activo.
Presentación de fideicomiso en el estado financiero de entidad del grupo 1
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, aclara que, en general, los fideicomisos inmobiliarios son contratos que se hacen con entidades fiduciarias para la administración de proyectos de construcción.
Ahora bien, lo que hace la constructora es entregar unos recursos a la fiduciaria, por tal razón se conforma un patrimonio autónomo. Es de aclarar que la entidad constructora es la que tiene control sobre los activos que hay en el patrimonio autónomo, por consiguiente la fiduciaria no puede tomar decisiones sobre dichos recursos.
Reconocimiento de inversiones de entidad del grupo 1 en otra del grupo 2 durante convergencia
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que en primer lugar se debe tener claro qué tipo de inversión tiene la entidad del grupo 1 en la entidad del grupo 2, teniendo en cuenta que según la sección 9, sección 11 y la sección 14 las inversiones pueden ser en instrumentos financieros asociados o controlados.
SAS invierte en bolsa por medio de comisionistas pertenecientes al grupo 1
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que lo mencionado no tiene nada que ver con el tema de la clasificación de los grupos de convergencia, pues en realidad lo que se está informando es que se tiene un dinero que se piensa invertir en la bolsa, pero no se hace directamente, sino a través de un comisionista.