Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Una entidad extranjera con domicilio secundario en Colombia puede ser catalogada en dicho país como una entidad del régimen tributario especial?
Resueltas agosto 23 de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que las entidades del régimen tributario especial –RTE– son las mencionadas en el artículo 19 y 19-4 del Estatuto Tributario.
Ahora bien, es importante precisar que una sociedad extranjera con domicilio en Colombia puede operar como una entidad del régimen tributario especial, pero para ello debe desarrollar las actividades contempladas en el artículo 359 del Estatuto Tributario, a la vez que debe hacer el proceso de solicitud de calificación en dicho régimen.