El artículo 188 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 1819 de 2016, establece la tarifa para efectuar el cálculo de la renta presuntiva, la cual corresponde al 3,5 %. A continuación, se presentan 10 respuestas clave a preguntas frecuentes sobre este tema, abordadas por nuestro equipo experto.
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