Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Los aportes parafiscales causados en 2015, 2016 y 2017, pero cancelados en el año gravable 2018, ¿pueden tomarse como deducibles en la declaración de renta de una persona jurídica?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Los aportes parafiscales causados en 2015, 2016 y 2017, pero cancelados en el año gravable 2018, ¿pueden tomarse como deducibles en la declaración de renta de una persona jurídica?
Resuelta el 24 de mayo de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que, para dar respuesta a la consulta, se deben estudiar los artículos 114, 115 y 115-1 del Estatuto Tributario; disposiciones tributarias que establecen que los pagos efectuados por concepto de parafiscales pueden ser tomados en la declaración de renta como partidas deducibles, siempre y cuando estos hayan sido cancelados antes de presentar la declaración en mención.
Es de anotar que la regla que aplica sobre los parafiscales procede hasta por los pagos que corresponden a los años 2015, 2016 y 2017.