El Boletín de Deudores Morosos del Estado presenta dos secciones, una relacionada con cualquier deuda morosa, y la otra con el incumplimiento de acuerdos de pago. Hoy, 2.250 entidades públicas entregan a la Contaduría General de la Nación reportes de manera semestral sobre sus deudores.
El Boletín de Deudores Morosos del Estado presenta dos secciones, una relacionada con cualquier deuda morosa, y la otra con el incumplimiento de acuerdos de pago. Hoy, 2.250 entidades públicas entregan a la Contaduría General de la Nación reportes de manera semestral sobre sus deudores.
El Boletín de Deudores Morosos del Estado –BDME– es la relación de las personas naturales y jurídicas que a cualquier título, y a una fecha de corte, tienen contraída una obligación con una entidad pública de cualquier orden o nivel, cuya cuantía supera los cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes y más de seis (6) meses de mora, o que habiendo suscrito un acuerdo de pago, lo haya incumplido.
Según el parágrafo 3 del artículo 2 de la Ley 901 de 2004 y el numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1066 de 2006, todas las entidades públicas tienen la obligación de enviar a la Contaduría General de la Nación –CGN–, el BDME, el cual debe transmitirse por el sistema CHIP, en los 10 primeros días de los meses de junio y de diciembre con fecha de corte al 31 de mayo y 30 de noviembre respectivamente.
Con base en la información recibida, la Contaduría General de la Nación consolida la información y la publica en su página, en el link Boletín de Deudores Morosos del Estado.
Para todos los efectos del proceso de reporte y consolidación de la información del BDME, las acreencias a favor del Estado serán las que correspondan a los saldos en mora de los derechos causados y revelados, a una fecha de corte, en las subcuentas de los grupos:
Así como los valores revelados en las subcuentas:
En todo caso, las acreencias reportadas en el BDME deben ser ciertas, reconocidas y en firme a favor del Estado, aceptadas por la persona natural o jurídica, y que no estén siendo objeto de discusión en la vía gubernativa, en la jurisdicción ordinaria o contenciosa, ni en proceso de responsabilidad fiscal.
Al primer mes de este año existían alrededor de 800.000 deudores morosos. Además, aunque la Contaduría General de la Nación emite dos veces al año el Boletín de Deudores Morosos, pocas personas se aseguran de no dejar un saldo pendiente que podría incrementarse con el tiempo.
Las deudas sobrepasan los 50 billones de pesos y la tendencia de los colombianos a endeudarse continúa creciendo. Es preciso señalar que un saldo mínimo de alguna deuda contraída con el sector oficial puede aumentar de forma casi imperceptible.
En la actualidad, 2.250 entidades públicas entregan a la Contaduría reportes de manera semestral sobre sus deudores. Más del 70 por ciento (cerca de 1.607 entidades) tiene deudores en estado de morosidad.
El último boletín indica que los colombianos deben al Estado más de 50 billones de pesos y el número de deudores se acerca a los 800.000, de los que 85,4% son personas naturales.
De acuerdo a lo anterior, buena parte de las deudas con el Estado pueden ser contraídas por los ciudadanos del común que solicitan un crédito educativo o realizan operaciones con alguna entidad bancaria.
Según la Contaduría, la cifra más alta de deudores (67,3%) pertenece al nivel territorial, mientras que, por el lado de las acreencias, la mayor participación (60,3 por ciento) se concentra en el nivel nacional, con deudas que ascienden a 31,1 billones de pesos.
Existen 15.250 deudores señalados en el boletín por acreencias relacionadas con servicios públicos, cuyo monto asciende a 242.000 millones de pesos, en tanto que la seguridad social registra 8.152 deudores y acreencias por 2,5 billones de pesos. Por tanto, es importante que los colombianos revisen su situación con las entidades públicas.
* Con información de la CGN.