Actualícese.com

Valor razonable de activos biológicos: poca aplicabilidad en Colombia

La sección 34 del Estándar para Pymes y la NIC 41 establecen que los activos biológicos deben medirse por su valor razonable. Sin embargo, existen varios casos en los cuales el valor razonable no puede obtenerse fiablemente, por lo cual es necesario medirlos al costo.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.

Fecha de publicación: 2 de agosto de 2017
Valor razonable de activos biológicos: poca aplicabilidad en Colombia
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La sección 34 del Estándar para Pymes y la NIC 41 establecen que los activos biológicos deben medirse por su valor razonable. Sin embargo, existen varios casos en los cuales el valor razonable no puede obtenerse fiablemente, por lo cual es necesario medirlos al costo.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.