Para realizar la clasificación de activos biológicos se hace necesario identificar con qué objeto se tiene el activo, si este cumple o no con la definición de activo biológico y remitirse a la sección 34 del Estándar para Pymes y la NIC 41 de plenas para estudiar su reconocimiento y medición.
Para realizar la clasificación de activos biológicos se hace necesario identificar con qué objeto se tiene el activo, si este cumple o no con la definición de activo biológico y remitirse a la sección 34 del Estándar para Pymes y la NIC 41 de plenas para estudiar su reconocimiento y medición.
A continuación, se brindará respuesta a la siguiente pregunta: ¿Es posible que un activo biológico pueda clasificarse como propiedad, planta y equipo?
Un activo que cumpla con la definición de activo biológico podría clasificarse como propiedad, planta y equipo; lo primero que debe realizarse en el reconocimiento inicial es entender si el activo cumple o no con la definición incluida en el Estándar Internacional que dice que los activos biológicos son plantas o animales vivos y posteriormente remitirse a la NIC 41 para plenas y la sección 34 para Pymes para estudiar su reconocimiento y medición.
Ahora bien, lo que puede suceder es que un activo pueda solo parecer activo biológico, pero en realidad no lo sea. Veamos algunos casos para ilustrar mejor esta situación:
Una entidad que tiene un caballo (el cual por definición cumple con las características de activo biológico por ser un animal vivo) y que lo utiliza para arriar el ganado, deberá clasificarlo como propiedad, planta y equipo (subcategorizado como semoviente) ya que este cumple la función de apoyo en la operación de la compañía.
Continuando con el ejemplo anterior, si dicho caballo ha sido destinado por la entidad para crecimiento, engorde u otro proceso relacionado con la actividad agrícola, será clasificado como activo biológico.
Ahora bien, si la empresa no está vinculada a procesos agrícolas y solo se dedica a la compra y venta de caballos, a pesar de que estos cumplan con la clasificación de activos biológicos, deberán ser reconocidos como parte del inventario.