Todo contribuyente puede lograr un plazo por parte de la DIAN para el pago de impuestos como el IVA, renta, retención en la fuente, sanciones e intereses. Así lo confirma el artículo 814 del ET. A continuación, describimos la documentación a tener en cuenta para obtener algún acuerdo de pago.
Todo contribuyente puede lograr un plazo por parte de la DIAN para el pago de impuestos como el IVA, renta, retención en la fuente, sanciones e intereses. Así lo confirma el artículo 814 del ET. A continuación, describimos la documentación a tener en cuenta para obtener algún acuerdo de pago.
El artículo 814 del ET toca el tema de los acuerdos de pago, figura que permite al contribuyente obtener plazo para el pago de sus obligaciones tributarias.
Por medio de un acuerdo de pago el Estado puede otorgar un plazo de hasta cinco años al contribuyente para que pague sus deudas relacionadas con los impuestos de IVA, renta, retención en la fuente, sanciones e intereses.
a) Original y dos copias del documento de solicitud de facilidad de pago dirigida a la dirección seccional correspondiente.
Esta deberá contener:
b) Original del documento soporte de la garantía ofrecida
Aceptación bancaria, garantía o aval bancario o de corporación financiera, póliza de compañía de seguros, hipoteca, prenda, denuncia de bienes para su posterior embargo y secuestro con la manifestación expresa del compromiso de no enajenarlos ni afectar su dominio, fiducia en garantía, libranza, garantías personales, pignoración de rentas de la Nación destinadas a entidades territoriales y entidades descentralizadas o fiducia en la administración y fuente de pagos.
c) Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante o interesado y/o del representante legal.
d) Acta del órgano competente
Consiste en una autorización al representante legal para solicitar la facilidad de pago y comprometer el patrimonio de la empresa.
e) Estar constituido legalmente
Los documentos señalados en los literales d) y e) solo aplican a empresas o entidades.
* Los anteriores documentos deben ser radicados en las direcciones seccionales de los diferentes municipios.
* Con información de la DIAN.