Tener claridad sobre la jurisdicción, la competencia, la cuantía y la conciliación es indispensable cuando se vaya a interponer una demanda laboral. Tenga en cuenta estas precisiones contenidas en el Código Procesal del Trabajo y evite subsanar errores previsibles en la elaboración de la demanda.
Tener claridad sobre la jurisdicción, la competencia, la cuantía y la conciliación es indispensable cuando se vaya a interponer una demanda laboral. Tenga en cuenta estas precisiones contenidas en el Código Procesal del Trabajo y evite subsanar errores previsibles en la elaboración de la demanda.
A la hora de elaborar una demanda laboral recuerde tener en cuenta los criterios específicos para su presentación y ser cuidadoso para que el juez laboral pueda proferir el auto admisorio de la demanda y para evitar el tener que subsanar defectos fácilmente previsibles.
1. La designación del juez a quien se dirige: en este punto se debe ser cuidadoso con la jerarquía del juez por efectos de la cuantía y la instancia. Si en el municipio en que se va a radicar la demanda existen jueces de pequeñas causas y la cuantía no supera los 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes, usted debe dirigirla a la oficina de reparto de este último. De lo contrario, deberá dirigir la demanda a la oficina de reparto del juez de circuito teniendo en cuenta la instancia de conformidad con el siguiente cuadro:
Juez |
Instancia |
Cuantía |
Laboral del circuito |
Única |
Cuando la cuantía exceda los veinte (20) smmlv. |
Primera |
Cuando la cuantía no exceda los veinte (20) smmlv. | |
Primera |
Sin fijación de cuantía. | |
Civil del circuito, si no existiere el juez laboral del circuito en el municipio |
||
Donde exista juez municipal de pequeñas causas y competencia múltiple |
Única |
Cuando la cuantía no exceda los veinte (20) smmlv. |
2. El nombre de las partes y el de su representante, si aquellas no comparecen o no pueden comparecer por sí mismas.
3. El domicilio y la dirección del demandante y el demandado; si se ignora la del demandado o la de su representante legal (si fuere el caso) se indicará esta circunstancia bajo juramento que se entenderá prestado con la presentación de la demanda.
4. El nombre, domicilio y dirección del apoderado judicial del demandante, si fuere el caso.
5. La indicación de la clase de proceso: aquí debe especificar si se trata de un proceso ordinario o ejecutivo.
6. Las pretensiones deben expresarse: con precisión, claridad, se formularán por separado y el demandante podrá acumular en una misma demanda varias pretensiones contra el demandado, aunque no sean conexas, siempre que:
7. Los hechos y omisiones relevantes que sirvan de fundamento a las pretensiones, clasificados y enumerados cronológicamente.
8. Los fundamentos y razones de derecho: aquí debe citar los artículos del Código Sustantivo del Trabajo transgredidos por el demandado, el capítulo V del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y demás normas concordantes que considere pertinentes para soportar sus pretensiones en la demanda.
9. La petición en forma individualizada y concreta de los medios de prueba: aquí solicitará al juez tener en cuenta medios de prueba como declaraciones de parte, testimonios, inspecciones judiciales, etc.
10. La cuantía, cuando su estimación sea necesaria para fijar la competencia.
La demanda deberá ir acompañada de los siguientes anexos: