El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1951 del 28 de noviembre de 2017, con el cual define los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos nacionales durante el 2018.
El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1951 del 28 de noviembre de 2017, con el cual define los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos nacionales durante el 2018.
Según el decreto, el período para que los grandes contribuyentes presenten la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y cancelen el valor de la primera cuota iniciará el 8 y finalizará el 21 de febrero del próximo año.
También se establecen las fechas para declarar y pagar el impuesto a la riqueza por parte de las personas naturales y sucesiones ilíquidas, y cancelar en dos cuotas iguales el valor. La primera cuota irá desde el 9 hasta el 23 de mayo de 2018 y la segunda, desde el 11 hasta el 24 de septiembre.
De igual manera, se describen los plazos fijados para el IVA (bimestral, cuatrimestral y anual). Para la declaración y pago del bimestre enero – febrero los plazos son del 8 hasta el 22 de marzo de 2018.
Asimismo, la entidad indicó los plazos para declarar y pagar lo referente al monotributo, impuesto nacional al carbono, al consumo y otras obligaciones tributarias.