A raíz de que la tarifa de impuesto de timbre para el año 2008 descendió al 1% (hasta el 2007 1,5%), se ha suscitado duda en relación con la tarifa aplicable en los contratos de cuantía indeterminada suscritos en años anteriores. La duda consiste en determinar si a dichos contratos se les debe seguir aplicando la tarifa del 1,5% (vigente al momento de la suscripción), o del 1% (vigente al momento del pago).
Documentos TRIBUTAR
Junio 5 de 2008
FLASH 275
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
TIMBRE EN CONTRATOS DE CUANTÍA INDETERMINADA: ENTRE LA DOCTRINA Y LA JURISPRUDENCIA.
A raíz de que la tarifa de impuesto de timbre para el año 2008 descendió al 1% (hasta el 2007 1,5%), se ha suscitado duda en relación con la tarifa aplicable en los contratos de cuantía indeterminada suscritos en años anteriores. La duda consiste en determinar si a dichos contratos se les debe seguir aplicando la tarifa del 1,5% (vigente al momento de la suscripción), o del 1% (vigente al momento del pago).
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