Es muy común que un trabajador solicite un préstamo a su empleador el cual en muchos casos es facilitado por la empresa, pero, ¿sabemos cuánto es lo máximo que se aconseja prestar?. Aquí una guía.
El valor que se recomienda prestar a un trabajador, es el monto acumulado de prestaciones sociales al día que se haga el desembolso. Veámoslo con un ejemplo:
Trabajador inició el 1 de enero/09 a hoy 4 de agosto/09 (fecha en que solicita y se le desembolsará el préstamo)
Salario $ 500.000
Cesantías: $ 297.222 (1o de enero al 4 de agosto/09)
Prima: $ 47.222 (1o Julio al 4 de agosto/09)
Vacaciones: $ 148.611 (1o de enero al 4 de agosto/09)
Total Prestaciones acumuladas al 4 de agosto/09 es $ 493.055
$ 493.055 Ese es el monto máximo que se aconseja prestar a un trabajador según el ejemplo.
Siempre que se quiera hacer algún descuento del salario del trabajador distinto a los descuentos legales (porcentajes del salario que contribuyen al pago salud y pensión o embargo ordena por un Juez), es necesario que el trabajador previamente lo haya autorizado, pues descontar el préstamo sin que el trabajador lo haya previamente autorizado, significa la retención ilegal de salarios y eso es causal de retiro justificado del trabajador además de las indemnizaciones que le puede cobrar al empleador.
Aquí un modelo de la autorización que debe firmar el trabajador previamente al desembolso del préstamo, en la cual está autorizando los descuentos no sólo en el salario mensual o quincenal, sino también la retención de los valores adeudados de las prestaciones sociales en caso de que el contrato termine sin que haya terminado de pagar la totalidad del préstamo facilitado.