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Sentencia 08001310301420000029001 de 30-06-2010

Corte Suprema de Justicia. En todo proceso judicial donde se controvierta la existencia de una sociedad de hecho, el demandante tiene la carga probatoria de demostrarla con elementos probativos idóneos de todos sus elementos esenciales.

Fecha de publicación: 30 de junio de 2010
Sentencia 08001310301420000029001 de 30-06-2010
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte Suprema de Justicia
Sentencia 08001310301420000029001

30-06-2010

Sala de Casación Civil

Magistrado Ponente
WILLIAM NAMÉN VARGAS

Se decide el recurso de casación interpuesto por la sociedad Banco de Sangre y Laboratorio Clínico del Norte Ltda. y Jaime Daniel Villanueva Luna, respecto de la sentencia de veintisiete (27) de octubre de 2006, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala Civil – Familia, en el proceso ordinario instaurado por los recurrentes contra Organización Clínica General del Norte Ltda.

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