Los comerciantes, antes de abrir al público su establecimiento comercial, debe cumplir unos requisitos obligatorios establecidos en la Ley 232 de 1995, so pena que los multen o les cierren por parte de la Alcaldía.
Fecha de publicación:
19 de febrero de 2009
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Los comerciantes, antes de abrir al público su establecimiento comercial, debe cumplir unos requisitos obligatorios establecidos en la Ley 232 de 1995, so pena que los multen o les cierren por parte de la Alcaldía.
Contenido:
Establecimientos Abiertos al Público deben cumplir 5 requisitos. Evite Multas y Cierres
Ley 232 de 1995 Normas para el funcionamiento de establecimientos comerciales
Derecho de Libertad Económica y al desarrollo de la Iniciativa Privada
Requisitos obligatorios para los Establecimientos Abiertos al Público
Uso del Suelo, intensidad auditiva, horario, ubicación y destinación.
Cumplir con las condiciones sanitarias.
Pago por derechos de autor –música-.
Matrícula Mercantil vigente.
Comunicar a Planeación la apertura del establecimiento.