En el artículo 48 de la reciente Ley 1430 de Diciembre de 2010 se ha dado una nueva amnistía para que los deudores morosos por obligaciones tributarias de los impuestos nacionales, años 2008 hacia atrás, puedan obtener una rebaja en las sanciones e intereses si cancelan entre Enero y Junio de 2011.
En el artículo 48 de la reciente Ley 1430 de Diciembre de 2010 se ha dado una nueva amnistía para que los deudores morosos por obligaciones tributarias de los impuestos nacionales, años 2008 hacia atrás, puedan obtener una rebaja en las sanciones e intereses si cancelan entre Enero y Junio de 2011.
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