Existen tres tipos de obligaciones. Unas son las de «dar», que son aquellas que son pecuniarias. Las otras obligaciones son las de «hacer» y «no hacer». Las de «hacer» corresponden a las que están definidas por la norma y hacen parte de las actividades de obligatorio cumplimiento por la comunidad. Mientras que las de «no hacer» son las que están reglamentadas en el manual de convivencia sujetas a sanciones por parte de los copropietarios cuando no se cumplen.
Existen tres tipos de obligaciones. Unas son las de «dar», que son aquellas que son pecuniarias. Las otras obligaciones son las de «hacer» y «no hacer». Las de «hacer» corresponden a las que están definidas por la norma y hacen parte de las actividades de obligatorio cumplimiento por la comunidad. Mientras que las de «no hacer» son las que están reglamentadas en el manual de convivencia sujetas a sanciones por parte de los copropietarios cuando no se cumplen.