Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De acuerdo con lo establecido en la norma, todas las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades de comercio, independientemente de si pertenecen al régimen simplificado o común del impuesto sobre las ventas, deberán llevar contabilidad. Por tanto, la información contenida en los estados financieros debe provenir de los registros contables de la entidad, pues ellos son una representación financiera de la misma.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 306
24-09-2014
¿Están las personas naturales comerciantes obligadas a llevar libros de contabilidad?.