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Concepto 625 de 18-12-2014

Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Al elaborar los estados financieros consolidados bajo NIIF las entidades deberán aplicar lo establecido en los párrafos B2 y B3 de la NIIF 1 y en el artículo 2 del decreto 1851 de 2013.

Fecha de publicación: 18 de diciembre de 2014
Concepto 625 de 18-12-2014
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 625
18-12-2014

Al elaborar los estados financieros consolidados bajo NIIF las entidades deberán aplicar lo establecido en los párrafos B2 y B3 de la NIIF 1 y en el artículo 2 del decreto 1851 de 2013.

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