Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Cuando el revisor fiscal persona natural representante de una persona jurídica se ausente temporalmente, la persona jurídica deberá determinar su suplente, de no ser así la entidad contratante podrá nombrar uno nuevo.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 100
28-04-2015
Cuando el revisor fiscal persona natural representante de una persona jurídica se ausente temporalmente, la persona jurídica deberá determinar su suplente, de no ser así la entidad contratante podrá nombrar uno nuevo.