El Decreto 2623 del 17 de diciembre del 2014, fijó los plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente, entre otras disposiciones. En el artículo 26 de dicho decreto, se encuentra la fecha para presentar la declaración y realizar el pago cuatrimestral del Impuesto sobre las Ventas.
El Decreto 2623 del 17 de diciembre del 2014, fijó los plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente, entre otras disposiciones. En el artículo 26 de dicho decreto, se encuentra la fecha para presentar la declaración y realizar el pago cuatrimestral del Impuesto sobre las Ventas.
En el artículo mencionado, se decreta que las personas responsables del impuesto, que hayan obtenido ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable del 2014 iguales o superiores a 15.000 UVT ($412.275.000) pero inferiores a 92.000 UVT ($2.528.620.000), estarán en la obligación de declarar y pagar el impuesto sobre las ventas cuatrimestralmente, así:
Los vencimientos y fechas fueron estipulados de acuerdo con el último dígito del NIT (sin tener en cuenta el dígito de verificación) según el Registro Único Tributario –RUT–, de la siguiente manera:
Para el período enero-abril se señala que el pago y declaración va desde el 12 de mayo iniciando con el dígito 1, hasta el 26 de mayo del 2015 terminando con el dígito 0.
Para el período mayo-agosto se establece que el pago y declaración va desde el 08 de septiembre iniciando con el dígito 1, hasta el 21 de septiembre del 2015 terminando con el dígito 0.
Y finalmente, para el período septiembre-diciembre se señala que el pago y declaración va desde el 13 de enero iniciando con el dígito 1, hasta el 26 de enero del 2016 terminando con el dígito 0.
Normatividad utilizada:
Declaración 2623 de 2014