La Ley obliga al empleador a que tiene que reubicar al trabajador en el cargo que desempeñaba o en otro compatible con las capacidades que conserva tras su discapacidad, bien sea transitoria o permanente, tanto así que debe reubicar a otros trabajadores si es del caso.
Fuente: Pérdida de capacidad laboral transitoria o permanente: empleador tiene que reubicar