Las nuevas empresas que se constituyan a partir del 2013 y hasta el 2017 en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y generen rentas por la prestación de servicios turísticos, producción agropecuaria, piscícola, maricultura, mantenimiento y reparación de naves, salud, procesamiento de datos, call center, corretaje en servicios financieros, programas de desarrollo tecnológico aprobados por Colciencias, educación y maquila, estarán exentan del impuesto sobre la renta hasta el año gravable 2017; es decir, el beneficio tendrá vigencia durante cinco años gravables si la empresa se constituyó en el 2013. Si se constituyó, por ejemplo, en el 2015, gozará de este beneficio durante los años gravables 2015, 2016 y 2017.
Las nuevas empresas que se constituyan a partir del 2013 y hasta el 2017 en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y generen rentas por la prestación de servicios turísticos, producción agropecuaria, piscícola, maricultura, mantenimiento y reparación de naves, salud, procesamiento de datos, call center, corretaje en servicios financieros, programas de desarrollo tecnológico aprobados por Colciencias, educación y maquila, estarán exentan del impuesto sobre la renta hasta el año gravable 2017; es decir, el beneficio tendrá vigencia durante cinco años gravables si la empresa se constituyó en el 2013. Si se constituyó, por ejemplo, en el 2015, gozará de este beneficio durante los años gravables 2015, 2016 y 2017.
Para acceder a este beneficio las empresas deberán cumplir cada año gravable, durante la vigencia de este beneficio, con los siguientes requisitos:
Presentar antes del 30 de marzo siguiente al año gravable por el cual se pretende la exención, un memorial del contribuyente o representante legal de la empresa, cuando se trate de persona jurídica, expedido bajo la gravedad del juramento a la DIAN, en el cual se manifieste:
A este memorial deberá anexar:
Por último, cuando se realicen reformas estatutarias se debe informar a la DIAN, dentro del mes siguiente a la reforma estatutaria.