Al momento de preparar la declaración de renta de una persona natural, nacional o extranjera, residente o no residente, obligada o no llevar contabilidad, es necesario considerar algunos aspectos importantes relacionados con el manejo de los ingresos brutos, las rentas exentas, las ganancias ocasionales y la renta gravable alternativa; de este último punto hay que tener en cuenta, que la RGA se calcula únicamente a las personas naturales clasificadas en las categorías de empleados y trabajadores por cuenta propia, independientemente de que la misma sea utilizada para la determinación del impuesto de renta por el sistema «impuesto mínimo alternativo nacional» o por el «impuesto mínimo alternativo simple».
Al momento de preparar la declaración de renta de una persona natural, nacional o extranjera, residente o no residente, obligada o no llevar contabilidad, es necesario considerar algunos aspectos importantes relacionados con el manejo de los ingresos brutos, las rentas exentas, las ganancias ocasionales y la renta gravable alternativa; de este último punto hay que tener en cuenta, que la RGA se calcula únicamente a las personas naturales clasificadas en las categorías de empleados y trabajadores por cuenta propia, independientemente de que la misma sea utilizada para la determinación del impuesto de renta por el sistema «impuesto mínimo alternativo nacional» o por el «impuesto mínimo alternativo simple».