Consejo de Estado. Se aclara que cuando las pretensiones de la acción de tutela estén encaminadas al reconocimiento de salarios, prestaciones sociales, pensión, sustitución patronal, reintegro de trabajadores y demás, no están llamadas a prosperar mediante acción de tutela.
Consejo de Estado
Sentencia STP-14283
15-10-2015
Se aclara que cuando las pretensiones de la acción de tutela estén encaminadas al reconocimiento de salarios, prestaciones sociales, pensión, sustitución patronal, reintegro de trabajadores y demás, no están llamadas a prosperar mediante acción de tutela.