Consejo de Estado. Recordó que el contrato de transacción al ser un acuerdo de voluntades entre particulares no hace transito a cosa juzgada, así mismo, aclaró que este implica necesariamente la existencia de un litigio.
Consejo de Estado
Sentencia 36729
15-10-2015
El Consejo de Estado recordó que el contrato de transacción al ser un acuerdo de voluntades entre particulares no hace transito a cosa juzgada, así mismo, aclaró que este implica necesariamente la existencia de un litigio.