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Concepto 220117 de 17-11-2015

Ministerio del Trabajo. Si se otorgan vacaciones anticipadas el empleador no puede requerir el reintegro del dinero o que el empleador labore por el tiempo faltante si el contrato de trabajo terminó antes de que estas se causaran.

Fecha de publicación: 17 de noviembre de 2015
Concepto 220117 de 17-11-2015
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Ministerio de Trabajo
Concepto 220117

17-11-2015

Si se otorgan vacaciones anticipadas el empleador no puede requerir el reintegro del dinero o que el empleador labore por el tiempo faltante si el contrato de trabajo terminó antes de que estas se causaran.

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