Superfinanciera. La Superintendencia Financiera impartió instrucciones relacionadas con la declaración del control de ley margen de solvencia. Primero, modificó el formato 505 – NIIF “Declaración del control de ley margen de solvencia”.
Superintendencia Financiera de Colombia
Circular Externa 045
21-12-2015
Referencia: Modificación del Formato 505 – NIIF “Declaración del control de ley margen de solvencia” (Proforma F.0000-152).
Apreciados señores:
Este Despacho en uso de sus facultades legales, en particular de las previstas en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y en atención a la obligación de reporte de información contenida en el numeral 5 del artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, considera necesario impartir las siguientes instrucciones relacionadas con la declaración del control de ley margen de solvencia.
Primera: Modificar el Formato 505 – NIIF “Declaración del control de ley margen de solvencia” (Proforma F.0000-152), para lo cual las entidades destinatarias de la presente circular deben atender las instrucciones contenidas en la misma.
Segunda: Para asegurar la correcta transmisión de la información del formato mencionado en la presente circular, las entidades destinatarias deben realizar pruebas obligatorias entre el 12 y el 29 de enero de 2016, con base en la información con corte a 30 de noviembre de 2015.
Tercera: La primera transmisión oficial de la información a que se refiere la presente circular, conforme a la nueva versión del formato 505 -NIIF, se realizará a partir de la información con corte 31 de enero de 2016, de acuerdo con el instructivo correspondiente.
Cuarta: La presente circular rige a partir de la fecha de publicación.
Se anexan las páginas objeto de modificación.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia (E)