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Beneficio artículo 399 ET y liquidación de renta en medio de sucesión de bien inmueble

Una pareja compró una casa el 31 de diciembre de 1979; al morir el esposo la cónyuge quedó como propietaria, siendo la fecha de sucesión el 21 de abril de 1995; la casa se vendió en el 2015. ¿Cómo aplica el beneficio señalado en el artículo 399 del ET y cómo se liquida la retención por renta?

Fecha de publicación: 1 de marzo de 2016
Beneficio artículo 399 ET y liquidación de renta en medio de sucesión de bien inmueble
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Una pareja compró una casa el 31 de diciembre de 1979; al morir el esposo la cónyuge quedó como propietaria, siendo la fecha de sucesión el 21 de abril de 1995; la casa se vendió en el 2015. ¿Cómo aplica el beneficio señalado en el artículo 399 del ET y cómo se liquida la retención por renta?