El examen médico de ingreso o retiro de una empresa no es obligatorio; solo lo serán los que tengan el carácter de ocupacional o pre-ocupacional solicitados por la ARL para determinar si el trabajador cumple los requerimientos de salud necesarios para la vacante a la cual se postula.
El examen médico de ingreso o retiro de una empresa no es obligatorio; solo lo serán los que tengan el carácter de ocupacional o pre-ocupacional solicitados por la ARL para determinar si el trabajador cumple los requerimientos de salud necesarios para la vacante a la cual se postula.
Anteriormente eran necesarios los exámenes médicos previos y posteriores, toda vez que el empleador no estaba obligado a brindar un esquema de salud laboral a su subordinado. Dicha situación cambió con la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, cuando se le ordenó el pago de aportes y la afiliación a una ARL –antes ARP–, entidad encargada de brindarle protección en salud.
El artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– indica que será obligación del empleador dar a su trabajador a la expiración del contrato, si este lo solicita, una certificación en que conste el tiempo de servicio, labor y salario devengado o practicarle un examen sanitario con certificación, si al inicio del vínculo laboral se le realizaron exámenes previos.
Recuerde que las evaluaciones médicas ocupacionales o pre-ocupacionales son las que se realizan para conocer las condiciones físicas, mentales y sociales del trabajador, previa contratación; además permiten determinar si este goza de las condiciones necesarias para atender el trabajo al cual aplica y así determinar si además de cumplir el perfil profesional y personal, cumple las características físicas o posee un estado de salud acorde a las funciones que se le encomendarán.
Sobre los exámenes pre-ocupacionales o de pre-ingreso se refiere la Resolución 2346 del 2007 del Ministerio de la Protección Social en sus artículos 3 y 4, cuando señala que estos son los que se realizan para determinar las condiciones de salud física, mental y social del trabajador antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto.
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