Los principios contables en Colombia se están alineando cada vez más con los Estándares Internacionales; por dicha razón las actualizaciones o modificaciones que se presenten en estos tendrán importantes consecuencias para las empresas del país.
Los principios contables en Colombia se están alineando cada vez más con los Estándares Internacionales; por dicha razón las actualizaciones o modificaciones que se presenten en estos tendrán importantes consecuencias para las empresas del país.
En un futuro próximo podrán apreciarse algunos cambios en la forma de reconocer los ingresos, pues en el 2018 entrará en vigencia la Norma Internacional de Información Financiera 15 que se refiere a “ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes”. Entre los objetivos de la norma se destacan proporcionar un marco conceptual más robusto en relación con los ingresos ordinarios y mejorar los requerimientos de información a revelar, entre otros.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la emisión de decretos, actualiza las Normas de Contabilidad y de Información Financiera –NCIF–, de manera que la homologación de la contabilidad global está cada vez más cerca. Aunque la emisión de esta nueva norma puede percibirse como “un revolcón”, representa un avance en la unificación de las normas contables y la compilación de otras que trataban de forma aislada el reconocimiento de los ingresos sobre uno o más contratos.
La aplicación de la nueva norma dejaría sin efecto a las siguientes:
A su vez complementaría otras:
A partir de la entrada en vigencia de la norma se permite su aplicación anticipada; las compañías deberán modificar la forma de reconocer sus ingresos, cumpliendo con la siguiente definición otorgada por la Norma Internacional de Información Financiera 15:
“Una entidad reconoce los ingresos para representar la transferencia de los bienes y servicios comprometidos con el cliente en un importe que refleja la contraprestación a la que la entidad estima tener derecho a cambio de la entrega de dichos bienes y servicios”.
Las consecuencias del principio citado serían, entre otras:
1: identificación del contrato
Un contrato es un acuerdo entre dos o más partes en el cual se definen derechos y obligaciones. En este paso, una compañía podrá contabilizar un contrato cuando se cumplan los siguientes criterios:
2: identificar las obligaciones contractuales
Una vez registrado el contrato, la compañía deberá evaluar los bienes o servicios comprometidos e identificar la obligación asociada a cada compromiso identificado. Su reconocimiento se efectuará cuando se satisfaga la obligación mediante la transferencia de los bienes o servicios comprometidos. Un activo se transfiere cuando el cliente obtiene el control de ese activo.
3: determinar el precio de la transacción
El precio de la transacción es el importe que la compañía espera recibir a cambio de la transferencia de los bienes o servicios comprometidos con el cliente. La contraprestación puede ser variable y constar de descuentos, créditos o incentivos, por lo que el monto a registrar debe ser por el valor esperado o por el monto más probable.
4: asignar el precio de la transacción a las obligaciones contractuales
La asignación del precio de la transacción consiste en la distribución del mismo a cada obligación contractual, por un importe que represente el valor al que se espera tener derecho en la transferencia de los bienes o servicios comprometidos en el contrato.
5: reconocer el ingreso
El reconocimiento del ingreso se efectuará si se cumplen los criterios y será a lo largo del tiempo o en un momento dado. Para que se lleve a cabo es necesario incorporar elementos adicionales que requerirán que las compañías revisen sus prácticas habituales, su impacto en los recursos internos, sus sistemas de reporte financiero y la nueva información que deberán revelar, lo que sin duda conllevará a que varias áreas de la organización se vean afectadas.