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Concepto 063 de 25-01-2017

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– precisa que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 1529 de 1990, las entidades sin ánimo de lucro inspeccionadas, vigiladas y controladas por las Gobernaciones, si se encuentran obligadas a tener revisor fiscal.

Fecha de publicación: 25 de enero de 2017
Concepto 063 de 25-01-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 063
Enero 25 de 2017

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– precisa que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 1529 de 1990, las entidades sin ánimo de lucro inspeccionadas, vigiladas y controladas por las Gobernaciones, si se encuentran obligadas a tener revisor fiscal.

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