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Concepto 143 de 20-02-2017

En cumplimiento del artículo 207 del Código de Comercio, es obligación del Revisor Fiscal firmar todos los estados financieros que sean emitidos por parte de la entidad que fiscaliza, y no solamente los de fin de periodo, y acompañarlos del correspondiente dictamen o informe.

Fecha de publicación: 20 de febrero de 2017
Concepto 143 de 20-02-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 143
Febrero 20 de 2017

En cumplimiento del artículo 207 del Código de Comercio, es obligación del Revisor Fiscal firmar todos los estados financieros que sean emitidos por parte de la entidad que fiscaliza, y no solamente los de fin de periodo, y acompañarlos del correspondiente dictamen o informe.

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