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Sentencia T-063 de 03-02-2017

La Corte Constitucional señala que la DIAN como autoridad encargada de la administración y control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tiene la obligación de realizar un riguroso análisis y aplicación del ordenamiento que reglamenta el tema pensional, así como observar las sentencias de constitucionalidad que han estudiado las normas tributarias que regulan su actuación. Con base en ello, deberá verificar, en cada caso, si en la declaración de la obligación tributaria que presentan los contribuyentes, hay lugar al reconocimiento de la respectiva exención, originada al presentarse el presupuesto o los presupuestos previstos en la ley como generadores de la exención en materia pensional o si, por el contrario, se genera el correspondiente impuesto y si hay lugar al pago del respectivo tributo.

Sentencia T-063 de 03-02-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte Constitucional
Sentencia T-063
Febrero 3 de 2017

La DIAN tiene la obligación de realizar un riguroso análisis y aplicación del ordenamiento que reglamenta el tema pensional, y observar las sentencias de constitucionalidad que han estudiado las normas tributarias que regulan la materia, para determinar la aplicación de exenciones tributarias.

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