Al resolver consulta, el CTCP señala que en una copropiedad, la adquisición de tejados a través del recaudo de una cuota extraordinaria corresponde al reemplazo de un bien común esencial, sin desafectar. Por tanto, las reparaciones mayores y/o sustituciones de los bienes comunes sin desafectar se deben tratar como un gasto en el período en que se incurra.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 094
Febrero 6 de 2017
Al resolver consulta, el CTCP señala que en una copropiedad, la adquisición de tejados a través del recaudo de una cuota extraordinaria corresponde al reemplazo de un bien común esencial, sin desafectar. Por tanto, las reparaciones mayores y/o sustituciones de los bienes comunes sin desafectar se deben tratar como un gasto en el período en que se incurra.