El derecho de los artistas a recibir la remuneración consagrada en el artículo 1 de la Ley 1403 de 2010 no se encuentra gravado con el impuesto sobre las ventas, pues percibir esta remuneración no configura un hecho generador del IVA. Sin embargo, si bien los derechos no se encuentran gravados con IVA, la venta de los mismas puede encontrarse gravada con dicho impuesto.
DIAN
Concepto 007448
Abril 03 de 2017
El derecho de los artistas a recibir la remuneración consagrada en el artículo 1 de la Ley 1403 de 2010 no se encuentra gravado con el impuesto sobre las ventas, pues percibir esta remuneración no configura un hecho generador del IVA. Sin embargo, si bien los derechos no se encuentran gravados con IVA, la venta de los mismas puede encontrarse gravada con dicho impuesto.