Si un empleado sale a disfrutar los 15 días de vacaciones a los cuales tiene derecho por haber trabajado un año, pero la empresa solo le pagó 10 días, ¿puede renunciar con justa causa y solicitar el pago de un día de salario por cada día de retraso?
Si un empleado sale a disfrutar los 15 días de vacaciones a los cuales tiene derecho por haber trabajado un año, pero la empresa solo le pagó 10 días, ¿puede renunciar con justa causa y solicitar el pago de un día de salario por cada día de retraso?
La Dra. Natalia Jaimes señala que para dar respuesta al interrogante se debe tener presente el artículo 57 del CST, numeral 4, esto es: “Obligaciones especiales del empleador, pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos”. En ese sentido, los salarios y las prestaciones se entienden como remuneraciones pactadas.
Volviendo a la pregunta y teniendo en cuenta lo anterior, si al empleado al salir a vacaciones no se le pagaron sus vacaciones completas (y dicha actuación se llevó a cabo sin su consentimiento), este puede dar por terminado el contrato de trabajo con justa causa.