Con la aprobación de la reforma tributaria estructural, se creó el impuesto nacional al carbono. Este se encuentra regulado desde el artículo 221 a 223 de la Ley 1819 de 2016. En el Decreto 926 de 2017 que modificó el DUT 1625 de 2016, se definieron algunos conceptos relacionados con el tema.
La parte IX de la Ley 1819 de 2016 hace referencia al impuesto nacional al carbono. Por su parte, el artículo 221 de la ley en mención establece sobre qué recae el impuesto, cuál es su hecho generador, quiénes son los sujetos pasivos y quiénes son los responsables del impuesto; además, el parágrafo 3 de dicho artículo estipula que no se causa el impuesto a los sujetos pasivos que certifiquen ser carbono neutro. Mediante el artículo 2 del Decreto 926 de 2017 se adicionó el artículo 1.5.5.2. al DUT 1625 de 2016, en este se definieron varios conceptos sobre el tema, traemos a colación algunos de ellos: