En la exógena del año gravable 2016 debe tenerse en cuenta que en el formato 1011 se reportan ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, rentas exentas, costos y deducciones y, datos relacionados con el IVA. Y, en el formato 1012 valores de las cuentas bancarias e inversiones.
En la exógena del año gravable 2016 debe tenerse en cuenta que en el formato 1011 se reportan ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, rentas exentas, costos y deducciones y, datos relacionados con el IVA. Y, en el formato 1012 valores de las cuentas bancarias e inversiones.
Mediante la Resolución 000112 de octubre 29 de 2015 se indicaron los formatos en que los obligados a presentar exógena por el año gravable 2016 deben presentar dicha información. A continuación, destacamos las características de los formatos 1011 v.6 y 1012 v.7 a través de los cuales debe suministrarse los valores relacionados con las declaraciones tributarias y por tanto deben tener concordancia con estas.
De esta manera en el formato 1011 se reportan los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional a través de los conceptos 8001 a 8041; las rentas exentas, atendiendo lo dispuesto en los conceptos 8102 a 8162; los costos y deducciones, reportando los valores en los conceptos 8200 a 8275; y, los datos relacionados con el impuesto sobre las ventas (los ingresos por operaciones excluidas del impuesto sobre las ventas deben reportarse en los conceptos 9001 a 9035, los ingresos por operaciones gravadas a la tarifa del 5% de IVA en los conceptos 9100 a 9103 y los ingresos por operaciones exentas del impuesto sobre las ventas en los conceptos 9200 a 9206).
Por otra parte, en el formato 1012 se presenta información de los saldos de las cuentas corrientes y/o ahorro, así como también el valor patrimonial de las inversiones (sobre este tema es válido recordar que con la modificación efectuada al artículo 27 de la Resolución 000112 de 2015 a través del artículo 7 de la Resolución 000084 de diciembre 30 de 2016, no solo los señalados en los literales a) y b) del artículo 4 de dicha resolución deben reportar la información antes descrita conforme a lo establecido en el literal k) del artículo 631 del ET, sino también los señalados en el literal c) del artículo 4 de la Resolución 000112 de 2015).
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