La DIAN precisa que la educación para el trabajo y el desarrollo humano, antes educación no formal, y las condiciones exigidas para que los establecimientos que prestan el servicio de este tipo de educación sean reconocidos como tales por el Gobierno (cumpliendo así con los presupuestos previstos en el numeral 8 del artículo 476 del Estatuto Tributario para que el servicio se encuentre excluido del IVA) están debidamente reguladas, entre otros, por el artículo 36 de la Ley 115 de 1994, el artículo 3 de la Ley 1064 de 2006 y los artículos 2.6.3.1 a 2.6.3.5 del Decreto 1075 de 2015.
DIAN
Concepto 016474
Junio 22 de 2017
La DIAN precisa que la educación para el trabajo y el desarrollo humano, antes educación no formal, y las condiciones exigidas para que los establecimientos que prestan el servicio de este tipo de educación sean reconocidos como tales por el Gobierno (cumpliendo así con los presupuestos previstos en el numeral 8 del artículo 476 del Estatuto Tributario para que el servicio se encuentre excluido del IVA) están debidamente reguladas, entre otros, por el artículo 36 de la Ley 115 de 1994, el artículo 3 de la Ley 1064 de 2006 y los artículos 2.6.3.1 a 2.6.3.5 del Decreto 1075 de 2015.