Con el fin de alcanzar un mayor grado de cumplimiento de la obligación que tienen los responsables del tratamiento de las bases de datos de inscribirlas en el Registro Nacional de Bases de Datos, y considerando que el número de responsables que han realizado dicha labor es inferior al 25% del total de sujetos obligados, es necesario modificar el término establecido para satisfacer dicho obligación, para realizar una mayor divulgación y socialización de la misma por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. Por tanto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó un proyecto de Decreto con el cual se propone la modificación del artículo 2.2.2.26.3.1 del Decreto 1074 de 2015 para ampliar el plazo de inscripción de las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos por parte de los responsables de su tratamiento, de la siguiente manera: Para las personas jurídicas de naturaleza privada y sociedades de economía mixta hasta el 31 de enero del 2018, y para las personas naturales, entidades de naturaleza pública distintas de las sociedades d e economía mixta y personas jurídicas de naturaleza privada hasta el 31 de enero de 2019.
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Proyecto de Decreto para ampliar plazo de registro de base de datos en el RNBD
Mayo 26 de 2017
Por el cual se modifica el artículo 2.2.2.26.3.1 del Decreto 1074 de 2015 – Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, que establece el plazo de inscripción de las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos.