La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió la Resolución DDI-040106 del 14 de septiembre de 2017, a través de la cual se establecen las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho; a la vez que el contenido y las características de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá –DIB. Entre los puntos que señala la resolución se destaca la información de ingresos obtenidos por actividades no sujetas, deducciones o exenciones de los contribuyentes de ICA en Bogotá; la información que deben reportar los sujetos de retención del impuesto de industria y comercio; así como la que deben reportar los agentes de retención por el sistema de retención de tarjetas débito y crédito, entre otras obligaciones. La entrega de la información exógena distrital, según el último dígito de identificación, tendrá como fechas límites entre el 20 de marzo de 2018 y el 4 de abril del mismo año.
Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá
Resolución DDI-040106
Septiembre 14 de 2017
Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, a la vez que el contenido y las características de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá -DIB.