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Tratamiento tributario de las bonificaciones recibidas por programas de retiro masivo

Bonificaciones recibidas por trabajadores de entidades públicas con motivo de programas de retiro de personal pueden considerarse como exentas. Aunque esto no aplique para los trabajadores de empresas privadas, en ambos casos deben someterse a la depuración contemplada en el artículo 388 del ET.

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Tratamiento tributario de las bonificaciones recibidas por programas de retiro masivo
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Bonificaciones recibidas por trabajadores de entidades públicas con motivo de programas de retiro de personal pueden considerarse como exentas. Aunque esto no aplique para los trabajadores de empresas privadas, en ambos casos deben someterse a la depuración contemplada en el artículo 388 del ET.

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