Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Un empleado que de enero a junio estuvo incapacitado por un accidento de trabajo tiene derecho a la prima del primer semestre?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Un empleado que de enero a junio estuvo incapacitado por un accidento de trabajo tiene derecho a la prima del primer semestre?
Resuelta el 14 de Septiembre de 2017
Natalia Jaimes Lúquez, abogada, especialista en derecho laboral e investigadora adjunta del equipo de Actualícese, señala que si un empleado estuvo incapacitado durante todo el primer semestre del año, es decir, de enero a junio, tiene derecho a que se le paguen todas sus prestaciones sociales, porque en esencia el contrato de trabajo no se suspende si se presenta una incapacidad laboral.
Finalmente, se aclara que para no incurrir en moras los pagos de la prima de servicios deben realizarse a más tardar el 30 de junio y el 20 de diciembre de cada año de acuerdo con lo que establece el artículo 306 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.