Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Una empresa puede firmar un contrato de trabajo y un contrato de prestación de servicios con la misma persona de manera simultánea?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Una empresa puede firmar un contrato de trabajo y un contrato de prestación de servicios con la misma persona de manera simultánea?
Natalia Jaimes Lúquez, abogada, especialista en derecho laboral e investigadora adjunta del equipo de Actualícese, indica que una empresa puede contratar a una misma persona a través de un contrato de trabajo y simultáneamente a través de un contrato de prestación de servicios toda vez que las labores contratadas por medio de este último no tengan que ver con las actividades comerciales que ejecute la empresa y que tampoco las labores generen inconvenientes en las actividades que se desarrollan mediante el contrato de trabajo.
Es de anotar que si una persona se encuentra de forma simultánea vinculada mediante contrato de trabajo y por prestación de servicios debe aportar a seguridad social en ambos casos.
Finalmente, se aclara que la base para calcular los aportes a seguridad social como trabajador independiente se determina multiplicando el valor mensual recibido por el 40 %.