El término de la garantía legal será el dispuesto por la ley o por la autoridad competente e inicia con la entrega del producto; a falta de este, será el anunciado por el productor o proveedor. Es importante tener en cuenta que la garantía es una obligación de carácter temporal, esto es, que no es indefinida en el tiempo; por ello, en casos de inconformidad por parte del consumidor en cuanto al no cubrimiento de la garantía, corresponderá a la autoridad jurisdiccional verificar si para la efectividad de la misma esta fue solicitada durante su vigencia, pues la consecuencia de no haber agotado el requisito sujetándose a las condiciones de temporalidad previstas para el contrato suscrito entre el consumidor y el proveedor derivará inevitablemente en la inexistencia de obligaciones en cabeza del productor o proveedor respecto de los defectos de calidad alegados.
Superintendencia de Industria y Comercio
Sentencia 00012295
Noviembre 29 de 2017
El término de la garantía legal será el dispuesto por la ley o por la autoridad competente e inicia con la entrega del producto; a falta de este, será el anunciado por el productor o proveedor.