Considerando que el artículo 10 de la Resolución 973 de 2015 establece que la tarjeta profesional debe entregarse personalmente al solicitante en el mes siguiente a su expedición, y que el artículo 11 de la misma resolución señala que la Junta Central de Contadores debe almacenar la tarjeta profesional por el término de seis meses contados a partir del mes siguiente a la fecha de expedición; el Comité de Registro de la Junta Central de Contadores, en su sesión del 29 de septiembre de 2017 ordenó la destrucción de 16 tarjetas de contadores públicos, 8 tarjetas profesionales de entidades prestadoras de servicios propios de la ciencia contable y 33 duplicados de tarjeta profesional de contador público, que excedieron los límites establecidos por la norma.
Junta Central de Contadores
Resolución 0000820
Septiembre 29 de 2017
Por medio de la cual se ordena la destrucción de 16 tarjetas de contadores públicos, 8 tarjetas profesionales de entidades prestadoras de servicios propios de la ciencia contable y 33 duplicados de tarjeta profesional de contador público.