Si la entidad debía aplicar el cronograma del grupo 2, y no ha preparado su información de acuerdo con la nueva normatividad, debe establecer los efectos retroactivos surgidos del nuevo marco técnico normativo y tratar los ajustes como corrección de errores, afectando la información comparativa del 2015.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 1023
Noviembre 25 de 2017
Si la entidad debía aplicar el cronograma del grupo 2, y no ha preparado su información de acuerdo con la nueva normatividad, debe establecer los efectos retroactivos surgidos del nuevo marco técnico normativo y tratar los ajustes como corrección de errores, afectando la información comparativa del 2015.