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Seguridad social de independientes

Los trabajadores independientes que perciban ingresos iguales o superiores a un salario mínimo mensual deben cotizar al sistema sobre un IBC mínimo del 40 % sobre el total de sus ingresos, y están obligados a pagar el total de los porcentajes tanto de salud como de pensiones y riesgos laborales.

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Fecha de publicación: 11 de diciembre de 2017
Seguridad social de independientes
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Los trabajadores independientes que perciban ingresos iguales o superiores a un salario mínimo mensual deben cotizar al sistema sobre un IBC mínimo del 40 % sobre el total de sus ingresos, y están obligados a pagar el total de los porcentajes tanto de salud como de pensiones y riesgos laborales.

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